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viernes, 04 de julio de 2008
Catálogo Productos
Operador del Recreativo
Golpe mortal al tipo A en Galicia


 
Francisco de Borja González.- El nuevo reglamento de máquinas gallego sigue causando recelos, esta vez desde el sector de las deportivas y, por extensión, del tipo A. El artículo que ha causado más indignación es el 52º.1.c). La razón es bien sencilla: desde el momento en que dicho precepto prohibe la instalación simultánea de máquinas en un mismo establecimiento por empresas operadoras distintas y, puesto que el 90% de los locales de hostelería en Galicia cuentan con máquinas de tipo B, los únicos operadores que podrán gestionar el espacio recreativo de estos locales son los operadores de juego, es decir, las empresas que trabajen con el tipo B. La coletilla final de dicho precepto parece, a mi modesto entender, un remiendo para intentar enmendar una solución flagrantemente injusta.
Este precepto no tiene precedentes en ninguna otra normativa a nivel estatal, y mismamente el espíritu que transmite este precepto es contrario a todas las corrientes que se vienen sucediendo a nivel europeo en asuntos de juego.
Las inquietudes que nos vienen mostrando numerosos operadores de deportivas (y del tipo A en general) son bastante entendibles, desde el momento en que parece que con esta regulación se está dando un golpe mortal a un sector en crisis. Volviendo a la idea que transmite el reglamento, el poso que deja es de una marginación del juego puramente lúdico, deportivo, de entretenimiento sin premio, en beneficio del "juego duro".
En Galicia existen un gran número de empresas que se dedican a este juego puramente recreativo, que además, y en contradicción con lo que se dice a continuación en el Reglamento, están excluidas del mismo – aunque se tengan que constituir en operadores. Con este reglamento se ven abocadas a la desaparición o a pasarse al tipo B (donde apenas hay licencias, por cierto), con la paradoja que refleja el hecho de que una normativa que debería contener el juego duro, no sólo lo promueva, sino que además elimine toda alternativa.
Las soluciones que desde estas empresas se vienen reclamando son dos: bien poder negociar directamente con el propietario del establecimiento y no con el operador del tipo B, como establece el precepto 52º.1.c), o bien excluir las exigencias de que los distribuidores de este tipo de máquinas tengan que ser también operadores. Otro tipo de solución que mantenga la desigualdad manifiesta y contra la libre competencia de este proyecto supondría el cierre irrevocable de un gran número de empresas con la consiguiente pérdida de empleo.
 
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